CIP - TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA (... lugar de destino convenido)

"Transporte y Seguro Pagados hasta" significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él mismo pero, debe pagar, además, los costos del transporte necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el comprador asume todos los riesgos y cualquier otro costo adicional que se produzca después de que la mercancía haya sido entregada. No obstante, bajo el término CIP el vendedor también debe conseguir un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. 

Consecuentemente, el vendedor contrata el seguro y paga la prima del seguro. 

El comprador debe observar que, según el término CIP, se exige al vendedor conseguir un seguro sólo con cobertura minima. Si el comprador desea tener la protección de una cobertura mayor, necesitará acordarlo expresamente con el vendedor o bien concertar un seguro complementario. 

"Transportista" significa cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar un transporte por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos de transporte. 

Si se utilizan traansportistas sucesivos para el transporte al lugar de destino convenido, el riesgo se transmite cuando las mercancías se hayan entregado al primer porteador. 

El término CIP exige que el vendedor despache la mercancía de aduana para la exportación. 

Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte, incluyendo el transporte multimodal.